Auto30 de septiembre de 2026
A-1308 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 005 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de Valledupar y el Juzgado 170 de Instrucci�n Penal Militar y Policial de Valledupar, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 005 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de Valledupar es la autoridad competente para continuar el proceso penal que se adelanta en contra de los se�ores Ernesto Sabier Figueroa Lora y Jolman Alfonso Vargas Zuleta por el delito de privaci�n ilegal de la libertad.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-7677 al Juzgado 005 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de Valledupar, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 170 de Instrucci�n Penal Militar y Policial de Valledupar, y a los interesados en este tr�mite.
- TERCERO. COMPULSAR copias de la presente decisi�n a la Comisi�n Seccional de Disciplina Judicial del Cesar para que determine si en el Centro de Servicios de los Juzgados Penales de Valledupar se incurri� en alguna conducta sancionable.
- CUARTO. ADVERTIR al Juzgado 005 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de Valledupar que, en lo sucesivo, presente expresamente las razones de �ndole constitucional o legal en las que sustenta su postura, cuando asuma o rechace la competencia sobre un proceso judicial.
- QUINTO. INSTAR al Juzgado 005 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de Valledupar para que, imprima celeridad al tr�mite del proceso penal. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada Ausente con permiso CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado Ausente con comisi�n JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, archivo �07EscritoAcusacionpdf�. [2] Expediente digital, archivo �07EscritoAcusacionpdf�. [3] Expediente digital, archivo �07EscritoAcusacionpdf�. [4] Expediente digital, archivo �03ActaJuzgado20210319pdf�. [5] A pesar de su menci�n en diferentes archivos que reposan en el expediente, no fue posible ubicar el acta referenciada. [6] C�digo Penal, art�culo 174. [7] C�digo Penal, art�culo 50 numeral 10. [8] Seg�n el expediente, quien fung�a como jueza era la se�ora M�nica Lisbeth Palacios Grozo. [9] William Mej�a Muzza. [10] Expediente digital, archivo �04AutoCorteConstitucionalDeclaraInhibidapdf�. [11] Expediente digital, archivo �07Auto27-04-2023pdf�. [12] Seg�n el expediente, quien fung�a como jueza era la se�ora Ver�nica Alejandra Velandia Soto. [13] Expediente digital, archivo �31ActaAccedeConflictoDeCompetenciapdf�. [14] Expediente digital, archivo �31ActaAccedeConflictoDeCompetenciapdf�. [15] Expediente digital, archivo �20001600107520190507400 AUD ACCEDE CONFLICTO COMPETENCIA 10 07 2023wmv�. [16] Si bien la jueza afirm� que atender�a de manera satisfactoria la pretensi�n elevada por el abogado William Mej�a y coadyuvada por el abogado Jaime Quintero Qui�ones, lo cierto es que posteriormente afirm� que ella planteaba el conflicto con la jurisdicci�n penal militar y precis� en el resuelve que � desde ya que es una situaci�n de competencia de car�cter negativa que el despacho plantea ante estos estrados�. Expediente digital, archivo �20001600107520190507400 AUD ACCEDE CONFLICTO COMPETENCIA 10 07 2023wmv�. [17] Expediente digital, archivo �20001600107520190507400 AUD ACCEDE CONFLICTO COMPETENCIA 10 07 2023wmv�. [18] Expediente digital, archivo �20001600107520190507400 AUD ACCEDE CONFLICTO COMPETENCIA 10 07 2023wmv�. [19] Expediente digital, archivo �09AutoJuzgado170IpmDecretaConceptoNegativoDevuelveJ05PenalCircuitopdf�. [20] Expediente digital, archivo �36AutoJuzgado170IpmDecretaConceptoNegativoDevuelveJ05PenalCircuitopdf�. [21] Expediente digital, archivo �36AutoJuzgado170IpmDecretaConceptoNegativoDevuelveJ05PenalCircuitopdf�. [22] Expediente digital, archivo �01PeticionEmilioJoseDazaRodriguezpdf ��. [23] Expediente digital, archivo �02RequerimientoCentroServiciospdf ��. [24] Expediente digital, archivo �37AutoOrdenaRemisionaCorteConstitucionalDirimaConflictoJurisdiccionpdf�. [25] Expediente digital, archivo �OficioJuezCoordinadorCentroServiciospdf ��. [26] Expediente digital, archivo �Respuesta Requerimiento J05 Penal del Cricuito con Funciones de Conocimientopdf�. [27] Expediente digital. Archivo �02CJU-7677 Correo Remisorio.pdf�. [28] Expediente digital. Archivo �03CJU-7677 ConstanciadeReparto.pdf�. [29] Corte Constitucional, Auto 155 de 2019. [30] Al respecto, puede consultarse la nota al pie 36 del Auto 765 de 2025. [31] Seg�n la audiencia virtual de solicitudes preliminares concentradas, el 27 de noviembre de 2020, el Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garant�as de Chimichagua (Cesar), emiti� orden de captura No. 077 en contra de los se�ores Figueroa Lora y Vargas Zuleta. Expediente digital, archivo �03ActaJuzgado20210319pdf�. [32] Expediente digital, archivo �20001600107520190507400 AUD ACCEDE CONFLICTO COMPETENCIA 10 07 2023wmv�. [33] Corte Constitucional, Sentencia C-084 de 2016. [34] Expediente digital, archivo �01PeticionEmilioJoseDazaRodriguezpdf�. [35] Corte Constitucional, Auto 667 de 2024. [36] Expediente digital, archivo �07EscritoAcusacionpdf�. [37] El Decreto 1417 de 2021 reglament� la tenencia y el porte de las armas traum�ticas y dispuso su clasificaci�n conforme a las categor�as de armas previstas en el Decreto Ley 2535 de 1993, esto es, armas de guerra o de uso privativo de la Fuerza P�blica, armas de uso restringido y armas de uso civil para defensa personal. En consecuencia, si bien desde el punto de vista t�cnico las armas traum�ticas est�n dise�adas para disparar proyectiles de menor le
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.